¿Cuánto tarda en escriturarse una casa?

Escriturar una casa en España suele tardar entre 1 y 8 semanas desde que se firma el contrato de arras o se concede el préstamo hipotecario, aunque el plazo exacto depende de varios factores: si hay hipoteca de por medio, la agilidad del notario, la situación registral del inmueble y la documentación que aporten las partes. En la práctica, la mayoría de compraventas sin hipoteca se escrituran en 2 o 3 semanas, mientras que las que incluyen financiación bancaria pueden alargarse hasta 6 u 8 semanas.

¿Qué significa escriturar una casa?

Escriturar una casa es el acto por el que el comprador y el vendedor firman ante notario la escritura pública de compraventa. Este documento da fe de la transmisión de la propiedad y es el paso previo e imprescindible para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad a nombre del nuevo titular.

No debe confundirse con la inscripción registral, que es un trámite posterior. La escritura otorga la propiedad; el registro, la publicidad y protección frente a terceros.

Fases del proceso y tiempo estimado de cada una

1. Preparación de la documentación

Antes de acudir al notario, deben reunirse una serie de documentos. Esta fase suele durar entre 3 y 10 días hábiles y es donde más retrasos se producen. Los documentos necesarios son, entre otros:

  • DNI o NIE de comprador y vendedor.
  • Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad.
  • Certificado de estar al corriente en el pago del IBI.
  • Certificado de deudas con la comunidad de propietarios.
  • Certificado de eficiencia energética.
  • Últimas facturas de suministros (agua, luz, gas).
  • Certificado de cargas o cancelación de hipoteca previa, si la hubiera.

2. Tramitación con el banco (si hay hipoteca)

Cuando la compra se financia con hipoteca, el banco necesita realizar su propia tasación, estudiar el riesgo y preparar la oferta vinculante (FEIN). La ley hipotecaria vigente obliga a que el comprador disponga de al menos 10 días hábiles entre la entrega de la documentación hipotecaria y la firma ante notario. Esta fase alarga considerablemente el proceso y suele ser el cuello de botella más habitual, pudiendo durar entre 3 y 6 semanas según la entidad.

3. Firma ante notario

Una vez lista la documentación, la firma ante notario es un acto relativamente rápido: entre 1 y 3 horas el mismo día. El notario lee la escritura, resuelve dudas y las partes firman. Si hay hipoteca, se firman dos escrituras: la de compraventa y la de préstamo hipotecario.

Habitualmente, el notario puede fijar cita con una antelación de 3 a 7 días, aunque en zonas de alta demanda pueden demorarse algo más.

4. Liquidación de impuestos

Tras la firma, el comprador debe liquidar los impuestos correspondientes antes de inscribir la escritura en el registro:

  • IVA + AJD: si es vivienda nueva (normalmente 10 % de IVA + 0,5–1,5 % de AJD según comunidad autónoma).
  • ITP: si es vivienda de segunda mano (entre el 6 % y el 10 % según la comunidad autónoma).

El plazo para liquidar estos impuestos es de 30 días hábiles desde la firma, aunque conviene hacerlo cuanto antes para poder inscribir sin demora.

5. Inscripción en el Registro de la Propiedad

Una vez liquidados los impuestos, la gestora o el propio comprador presenta la escritura en el Registro de la Propiedad. El registrador tiene un plazo legal de 15 días hábiles para inscribir el inmueble, aunque en la práctica puede extenderse hasta 30 o 45 días en registros con mucha carga de trabajo.

Con la nota de despacho del registro, el proceso queda completado y el comprador figura oficialmente como propietario.

Factores que pueden alargar el plazo

  • Hipoteca pendiente del vendedor: si el vendedor tiene una hipoteca que debe cancelarse en el momento de la venta, hay que coordinarse con su banco para la cancelación registral, lo que puede añadir semanas.
  • Herencias o situaciones especiales: si el inmueble proviene de una herencia no aceptada o hay varios propietarios, los plazos se disparan.
  • Documentación incompleta: la falta de cualquier certificado retrasa la firma.
  • Saturación notarial o registral: en épocas de alta actividad inmobiliaria, los plazos se alargan en ambas instituciones.
  • Comunidades autónomas con mayor carga administrativa: algunas autonomías tardan más en gestionar los modelos de impuestos.

¿Se puede acelerar el proceso?

Sí. Algunos consejos prácticos para reducir los tiempos son:

  • Preparar toda la documentación con antelación, incluso antes de firmar las arras.
  • Solicitar la nota simple registral nada más acordar la compraventa.
  • Si hay hipoteca, iniciar la solicitud al banco cuanto antes y responder con agilidad a sus peticiones.
  • Contratar una gestoría especializada, que conoce los trámites y evita errores que generan subsanaciones.
  • Elegir un notario con disponibilidad próxima.

Resumen de plazos orientativos

  • Compraventa sin hipoteca: 2 a 3 semanas desde que se tienen todos los documentos.
  • Compraventa con hipoteca: 4 a 8 semanas desde la aprobación del préstamo.
  • Inscripción en el registro (tras la firma): 15 a 45 días hábiles.

Preguntas frecuentes

¿Se puede vivir en la casa antes de que esté inscrita en el registro?

Sí. Con la escritura pública firmada ante notario ya eres propietario legalmente y puedes ocupar la vivienda. La inscripción registral es importante para tu protección frente a terceros, pero no condiciona el uso inmediato del inmueble.

¿Qué ocurre si el vendedor tarda en entregar la documentación?

El proceso queda bloqueado hasta que la documentación esté completa. Por eso es recomendable incluir en el contrato de arras un plazo máximo para la firma de la escritura y establecer penalizaciones en caso de incumplimiento por cualquiera de las partes.

¿El notario puede negarse a escriturar si falta algún documento?

Sí. El notario está obligado a verificar la legalidad del acto y puede suspender la firma si detecta cargas no declaradas, falta de certificados obligatorios o cualquier irregularidad que comprometa la seguridad jurídica de la operación.