La Agencia Tributaria tiene un plazo máximo de 6 meses desde el fin del periodo de presentación de la declaración de la renta para realizar la devolución. En la práctica, la mayoría de los contribuyentes reciben su dinero en un plazo de entre 2 y 4 semanas si presentaron la declaración de forma telemática y sin incidencias. No obstante, este tiempo puede variar considerablemente según varios factores.
Plazo legal de la devolución de la renta
Según el artículo 103 de la Ley del IRPF, Hacienda dispone de 6 meses para abonar la devolución que corresponda al contribuyente. Este plazo empieza a contar desde la fecha en que finaliza el periodo voluntario de presentación de la declaración (normalmente a finales de junio) o, si la declaración se presentó después de ese plazo, desde el día de su presentación.
Si Hacienda no realiza la devolución dentro de ese período de 6 meses, estará obligada a abonar también intereses de demora al tipo legal del dinero vigente en cada momento.
¿Cuándo se suele recibir la devolución en la práctica?
En la realidad, los tiempos son bastante más rápidos que el máximo legal. A modo orientativo:
- Declaraciones presentadas en abril (primeras semanas): La devolución puede llegar entre 2 y 6 semanas después de la presentación.
- Declaraciones presentadas en mayo: El plazo habitual oscila entre 3 y 6 semanas.
- Declaraciones presentadas en junio: Al acumularse más solicitudes al final de la campaña, puede tardar entre 4 y 10 semanas.
- Declaraciones con incidencias o complementarias: Pueden tardar varios meses, llegando incluso al límite de 6 meses.
Los contribuyentes que presentan la declaración al inicio de la campaña y con todos los datos correctos son los que antes reciben su devolución.
Factores que influyen en el tiempo de espera
No todos los contribuyentes reciben la devolución en el mismo plazo. Estos son los principales factores que pueden acelerar o retrasar el proceso:
- Forma de presentación: La presentación telemática (a través de la web de la Agencia Tributaria o la app) es más rápida que la presentación en papel.
- Fecha de presentación: Cuanto antes se presente, antes se procesa.
- Complejidad de la declaración: Rendimientos de actividades económicas, deducciones especiales o datos que no coinciden con los de Hacienda pueden activar una revisión manual.
- Datos bancarios: Si el número de cuenta (IBAN) indicado es incorrecto o no está asociado al titular, la devolución se retrasará.
- Revisión o comprobación por parte de Hacienda: Si la Agencia detecta discrepancias, puede iniciar un proceso de verificación que paralice la devolución temporalmente.
Cómo consultar el estado de la devolución
Puedes comprobar en qué punto se encuentra tu devolución accediendo a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en agenciatributaria.gob.es. Dentro del apartado «Renta», encontrarás la opción «Consulta de devoluciones». El sistema mostrará uno de estos estados:
- En tramitación: La declaración se ha recibido y está siendo procesada.
- Devolución acordada: Hacienda ha confirmado el importe y está pendiente de transferencia bancaria.
- Devolución enviada al banco: El dinero ya está en camino. Suele tardarse entre 1 y 3 días hábiles en aparecer en la cuenta.
- En comprobación: Hacienda está revisando la declaración, lo que puede retrasar la devolución.
¿Qué hacer si la devolución se retrasa?
Si han pasado más de 6 meses desde el fin del plazo de presentación y aún no has recibido tu devolución, tienes derecho a reclamar. Los pasos recomendados son:
- Accede a la sede electrónica y consulta el estado de tu declaración.
- Contacta con la Agencia Tributaria a través del teléfono de información tributaria (91 554 87 70) o solicita cita previa en una delegación.
- Si el retraso supera los 6 meses, presenta un escrito de solicitud de intereses de demora junto con la reclamación de la devolución.
- Como último recurso, puedes presentar una reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) correspondiente.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar la devolución de la renta en efectivo?
No. La Agencia Tributaria realiza la devolución exclusivamente mediante transferencia bancaria a la cuenta que el contribuyente haya indicado en su declaración. Por eso es fundamental comprobar que el IBAN es correcto antes de confirmar la presentación.
¿Qué pasa si Hacienda me hace una propuesta de modificación?
Si Hacienda detecta discrepancias y te envía una propuesta de liquidación provisional, la devolución quedará en suspenso hasta que se resuelva. Tienes un plazo para alegar lo que consideres oportuno o aceptar la propuesta. Hasta que no se cierre ese proceso, no recibirás el dinero.
¿La declaración conjunta tarda más en devolverse que la individual?
En general, el plazo es similar. Sin embargo, si en la declaración conjunta hay rendimientos más complejos o discrepancias entre los datos de los cónyuges, puede ser objeto de revisión y tardar algo más que una declaración individual sencilla.